Escuela de Turismo de Ibiza


Ir al Contenido

Menú Principal:


Becas

ESTADÍSTICAS Y LEGISLACIÓN > ALUMNOS

BECAS DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE


Antes de formalizar la matrícula, los alumnos pueden solicitar una beca on line, entrando en la Web del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte:

(http://www.educacion.gob.es/educacion/becas-y-ayudas/para-estudiar.html)


SOLICITANTES

Podrán solicitar la beca todos los estudiantes universitarios que se matriculen de grado y máster oficial y cumplan todos los requisitos, tanto de carácter académico como económico, establecidos en la convocatoria. El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos por sí solo tiene como consecuencia la denegación de la beca solicitada.



TIPO DE BECAS

Para estudios universitarios sólo hay un tipo de beca del MECD (Beca General) y su concesión y cuantía dependerán de:
· Número de créditos matriculados: Podéis solicitar beca total o parcial, en función del número de créditos de que os matriculéis (curso con dedicación a tiempo completo o a tiempo parcial)
· Beca total (curso a tiempo completo): 60 créditos
· Beca parcial (curso a tiempo parcial): entre 30 y 59 créditos (con matrícula inferior a 30 créditos no se puede disfrutar de beca)
· Rentas familiares y patrimoniales de la unidad familiar del solicitante: Se tendrán en cuenta circunstancias como: renta y patrimonio mobiliario e inmobiliario, familia numerosa, discapacidad, residencia del estudiante fuera del domicilio familiar, orfandad, etc. En ningún caso podrán superarse los umbrales de renta que indica la convocatoria para obtener algunas o todas las ayudas.
· Rendimiento académico: Para poder disfrutar de beca se tendrán en cuenta tanto requisitos del curso del que os matriculéis como del anterior, como pueden ser: la nota del expediente o la del curso anterior, según el caso; el número de asignaturas matriculadas y su porcentaje de aprobadas en función de la rama de conocimiento de los estudios de que se trate (ver requisitos académicos específicos).



AYUDAS QUE SE OFRECEN

-Matrícula gratuita: corresponde al importe total de los créditos matriculados por primera vez y, si se concede la beca, es el mínimo que siempre queda cubierto.
-Cuantía fija ligada a la renta familiar: 1500 euros.
-Cuantía fija en función de la necesidad del estudiante de residir fuera del domicilio familiar durante el curso: 1500 euros (no obstante, dicha cuantía no podrá superar el coste real de la prestación).
-Cuantías Adicionales: 623 euros (Desplazamiento desde Ibiza/Formentera o Menorca a Mallorca) y 442 euros (Desplazamiento desde Mallorca a Menorca o Ibiza/Formentera).
-Cuantía variable por coeficiente: Su importe se distribuirá entre los solicitantes en función de su rendimiento académico y de la renta de la unidad familiar y se determinará mediante una fórmula de repartición: “A mayor nota y menor renta el importe será mayor” (el importe mínimo de esta cuantía será de 60 euros)
La cuantía que puede corresponder de una beca siempre se da en cuanto el número de créditos (matriculados, aprobados, etc.), nunca el número de asignaturas.



REQUISITOS

· Primer curso:
Para la obtención de todas las ayudas de que se compone la beca. Es necesario matricularse, como mínimo de 60 créditos y la nota mínima de los estudios que dan acceso a la universidad ha de ser igual o superior a 6.5 puntos. Se obtiene únicamente la matrícula gratuita y la cuantía variable mínima:
Si os matriculáis de curso con dedicación a tiempo parcial (entre 30 y 59 créditos)
La nota mínima de los estudios que dan acceso a la universidad ha de ser igual o superior a 6.5 puntos.
Obtendréis únicamente la matrícula gratuita: Si la nota mínima de los estudios que dan acceso a la universidad es igual o superior a 5.5 puntos y no supera los 6.5 puntos, tanto si os matriculáis de curso con dedicación a tiempo completo como parcial. (La obtención de una nota inferior a 5.5 puntos no da derecho a ninguna ayuda)
· Segundo y posteriores cursos:
Los alumnos que, el curso vigente, se matriculen de 60 créditos mínimo, tendrán derecho a la obtención de todas las ayudas y los que se matriculen a tiempo parcial (entre 30 y 59 créditos) tendrán derecho a la matrícula gratuita y a la cuantía variable mínima, si cumplen el supuesto siguiente:
El curso anterior, o último realizado, deben haberse matriculado de curso completo y haber aprobado el 90% de los créditos.



VENTAJAS COMO BECARIO AL TENER UNA DISCAPACIDAD

Los estudiantes que estén afectados de discapacidad de un grado igual o superior al 65 por ciento, para obtener las ayudas, deberán aprobar los mismos porcentajes y con las mismas notas que el resto de solicitantes de beca pero se les considerará curso con dedicación a tiempo completo si matriculan entre 30 y 59 créditos, aunque el mínimo de créditos en que deberán quedar matriculados seguirá siendo de 30 (por debajo de este número no tendrán derecho a ninguna ayuda). No obstante, si el alumno no utiliza este recurso y se matricula de 60 créditos, el importe de las cuantías fijas se le incrementará en un 50% con relación al resto de estudiantes, con excepción de la ayuda de matrícula que será del importe de los créditos matriculados.
Al formalizar la matrícula se os preguntará si sois o seréis solicitante de beca; en caso afirmativo y, si cumplís los requisitos académicos que indica la normativa, no será necesario que abonéis el importe de la matrícula hasta que el MECD os comunique la resolución. Si, finalmente, la resolución fuese de desestimación y no os concediesen la beca, deberéis ir a los servicios administrativos de vuestra facultad para hacer efectivo el pago de la matrícula. En este sentido, recordad que:
Aunque hayáis formalizado la matrícula como becario, si no cumplimentáis el documento de solicitud de beca en la sede electrónica del MECD en el plazo establecido, se considerará que no habéis solicitado la beca.
Si os matriculáis como becario en la UIB, no es necesario abonar las tasas de matrícula hasta que se os confirme si os han concedido la beca o no.
En el supuesto de haber abonado la matrícula y posteriormente os conceden la beca solicitada, podéis dirigiros a los servicios administrativos de vuestra facultad o centro donde se os tramitará el expediente de devolución.



PASOS A SEGUIR PARA LA SOLICITUD

Si nunca habéis solicitado beca: En primer lugar deberéis daros de alta en la Sede Electrónica del MECD.
Una vez registrados, recibiréis por correo electrónico la confirmación del nombre de usuario y la clave de acceso. En el apartado “Mis trámites” encontraréis el formulario de solicitud de beca, que deberéis rellenar y enviar telemáticamente. Una vez llevado a cabo este trámite, se generará un justificante que debéis guardar. Ésta es la única prueba válida de que se ha solicitado la beca correctamente. Si no se os generase este justificante, poneros en contacto con Secretaria de la Escuela, antes de la fecha de finalización del plazo previsto en la convocatoria.
Si ya sois solicitantes de beca de años anteriores: Cuando se abra el plazo, podréis solicitar la beca en la Sede Electrónica del MECD con vuestro usuario y clave de acceso, como ya habíais hecho en años anteriores.
También en la misma Sede Electrónica, en el apartado “Mis notificaciones” podréis informaros del estado en que se encuentra la tramitación de vuestra solicitud.
Los datos que debéis cumplimentar en la Sede Electrónica del MECD siempre han de ser relativos al solicitante de beca; no se puede solicitar una beca en nombre de otra persona.
El nombre de usuario y la clave de acceso serán los mismos todos los años en que solicitéis beca; procurad recordarlos porque es difícil conseguir otros en período de becas.
Aseguraros de que la solicitud queda en estado “enviada”, porque si queda en estado “borrador” la beca no se concederá por no haber sido solicitada.



YA SOY BECARIO, CÓMO Y CUÁNDO ME ABONAN LA CUANTÍA?

Nos conceden la beca, todos los componentes de la misma que os correspondan se abonarán en la cuenta corriente que hayáis facilitado a excepción de la matrícula, que será abonada por el MECD directamente a la UIB. La beca se abona en dos partes:
-Primera parte (cuantías fijas): Las solicitudes que en su proceso de resolución no presenten ninguna dificultad, quedarán abonadas entre diciembre y enero.
-Segunda parte (cuantía variable): Se abonará entre los meses de marzo y abril. Conservad el número de cuenta corriente que habéis facilitado al MECD hasta que se haya abonado o desestimado la beca, si no el plazo de abono se
alargará bastante. En caso de anulación o modificación de esta cuenta, notificadlo inmediatamente a Secretaría del Centro. En el caso de que hubieseis abonado la matrícula a la UIB y os concediesen la beca, podéis pasar por los servicios administrativos de vuestra facultad para iniciar los trámites de devolución.



NO SOY BECARIO, CUANDO DEBO PAGAR EL RESTO DE MATRÍCULA?

Deberéis abonar la matrícula cuando recibáis la notificación, de la denegación, excepto que, la beca quede pendiente de resolución.



DERECHOS Y OBLIGACIONES COMO BECARIO

· Derecho a percibir una subvención estatal para estudiar (si se cumplen los 
requisitos establecidos en la convocatoria).
·Obligación de destinar la beca a la finalidad para la cual ha sido concedida. Se entenderá que no se cumple este requisito cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias, y será motivo de reintegro, total o parcial, según el caso, del importe concedido:
-Anulación de la matrícula.
-No haber superado el 50% de los créditos matriculados.



INCIDENCIAS RELATIVAS A LA BECA:

En el transcurso de la gestión de la beca pueden producirse diversos tipos de incidencias, originadas por una gran disparidad de motivos (errores, inexactitudes de cualquier tipo, falta de documentación o de datos, etc.), en estos casos los afectados pueden interponer una reclamación en forma de alegación o de recurso de reposición:
×× Alegación:
Para interponer una alegación tenéis que cumplimentar el impreso de alegaciones y presentarlo, conjuntamente con las pruebas de lo que se desea alegar, en Servicios administrativos del Centro.
El plazo para interponer alegaciones es el que se indica en la notificación de resolución de solicitud de beca. En cualquier caso, la fecha máxima de interposición de alegaciones no puede sobrepasar la fecha de publicación en el BOE de la resolución definitiva de la convocatoria.
×× Recurso de Reposición
Al igual que la alegación, puede interponerse contra resoluciones administrativas pero, a diferencia de ésta, el recurso lo resuelve directamente el MECD.
También para interponer recurso deberéis cumplimentar el impreso de recurso y presentarlo conjuntamente con las pruebas de lo que se desea alegar, en el Servicio de administración del Centro, que, junto con un informe del órgano competente de la UIB, lo remitirá al MECD.
El plazo para interponer recurso de reposición es de un mes a contar desde el día siguiente de la fecha de publicación en el BOE de la resolución definitiva de la convocatoria.




Regresar al contenido | Regresar al menú principal